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Glosario

Asegurador: entidad debidamente autorizada a funcionar como compañía aseguradora de acuerdo a las normas de cada país.

Beneficiario: persona que recibirá la indemnización en caso de ocurrir el siniestro.

Cobertura: indica el riesgo del asegurado en el contrato de seguro.

Contrato de seguro: es aquel en el que una de las partes (el asegurador) se compromete a pagar una suma de dinero a la otra parte (el beneficiario) en caso de ocurrir un determinado evento. Como contraprestación, el tomador del seguro paga un precio al asegurador denominado prima.

Franquicia o deducible: es la suma de dinero que el asegurado deja de cobrar del asegurador del total de la indemnización, en caso de producirse el siniestro.

Gasto: es una erogación monetaria de la que no se espera un beneficio futuro.

Indemnización: es la suma de dinero que se obliga a pagar el asegurador al beneficiario en caso de producirse el siniestro.

Inversión: es el proceso de efectuar colocaciones de dinero con el objetivo de obtener un beneficio o ganancia.

Póliza: es el documento que contiene el contrato de seguro y donde se detallan los derechos y obligaciones de ambas partes.

Riesgo: es la posibilidad de ocurrencia de un evento de suceso incierto lo que puede modificar el resultado esperado.

Seguro: es una forma de protección ante la posibilidad de que se produzcan situaciones imprevistas.

Seguros de accidentes personales: cubren riesgos de accidente del asegurado que puedan causar incapacidad o enfermedades.

Seguro de vida: es un contrato en el que el riesgo cubierto es la vida del asegurado.

Seguros sociales: cubren riesgos de accidentes laborales y protegen a los trabajadores frente a ciertos hechos naturales como la maternidad o vejez.

Seguros sobre bienes o cosas: es un contrato en el que el riesgo cubierto es la posibilidad de que ciertos bienes sufran daños materiales, sean robados o produzcan daños a terceros.

Seguro sobre la vivienda: es un contrato en el que el riesgo cubierto es la posibilidad de destrucción total o parcial de una vivienda así como su contenido.

Seguros patrimoniales: son aquellos que cubren riesgos que pueden reducir el patrimonio del asegurado.

Siniestro: es el evento o hecho que materializa el riesgo, obligando al asegurador a compensar económicamente al asegurado.

Tomador del seguro: es la persona que efectúa la contratación y se obliga a pagar la prima, pero no necesariamente es el beneficiario del seguro. Por ejemplo, en el caso de los seguros de vida cuando el tomador del mismo fallece, la indemnización es cobrada por determinados beneficiarios designados previamente (esposa, hijos u otros).