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| Programa de Cooperación Técnica |
| I. Objetivo |
| II. Alcance |
| III. Políticas |
| IV. Servicio de Pasantías |
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IV. Servicio de Pasantías
1) Definición
Entrenamiento y prácticas profesionales en un área determinada, de corta duración (hasta 3 meses), que se lleva a cabo en una institución con reconocida solvencia en el área específica en la cual se brindará la experiencia.
Tiene por objetivo facilitar el desarrollo técnico del personal de las entidades de supervisión bancaria, mediante un entrenamiento especializado, con tiempos y propósitos predeterminados.
2) Objetivos
La cooperación técnica será proporcionada a través del cotejo de las necesidades de asistencia identificadas con la capacidad de los entes supervisores para atender dichas necesidades.
3) Características del servicio
La pasantía tiene las siguientes características:
·Tiempo limitado (no más de 3 meses calendario)
· Tema específico (i.e. normas de calificación de cartera)
· Acción voluntaria. No se cobra por el servicio.
· Dependiendo de los términos del Acuerdo celebrado entre el beneficiario y el benefactor, el miembro asociado beneficiario del servicio cubre los costos de traslado, estadía y viáticos de los pasantes.
· ASBA facilita el servicio y debe contar con información de parte de los beneficiarios sobre el impacto que el apoyo tuvo en su marco de regulación o prácticas de supervisión.
· La entidad receptora del pasante debe facilitar la plena incorporación del pasante en todos los trabajos técnicos y especializados que le permitan formarse en supervisión bancaria de manera integral.
4) Procedimiento
El acceso al servicio se realiza a través de la Secretaría General, quién recibe los requerimientos de apoyo y detalle del perfil de los pasantes propuestos.
Los requerimientos se plasman mediante los formularios:
SCT–01 Requerimiento de Cooperación
AP–01 Formulario de Antecedentes Personales
Con base en esta información, la Asociación establece los contactos iniciales y facilita la prestación del servicio, verificando el pleno cumplimiento de las condiciones acordadas y, una vez que se termine el trabajo, conociendo el impacto de las labores desarrolladas. Es decir, ASBA aporta con el servicio de referencia y seguimiento de la calidad e impacto del mismo.
Si desea mayores informes, favor contáctenos al tel: (52 – 55) 5662 – 0085 o a la dirección electrónica de asba@asba-supervision.org
V. Servicio de Cooperación Horizontal1) Definición
Cooperación horizontal es la asistencia técnica que un miembro asociado puede brindar a otro miembro asociado.
La cooperación técnica será proporcionada a través del cotejo de las necesidades de asistencia identificadas con la capacidad de los entes supervisores para atender dichas necesidades.
2) Objetivos
Facilitar el desarrollo técnico de las entidades de supervisión bancaria a través de compartir recursos técnicos especializados por tiempos y propósitos predeterminados.
3) Características del servicio
La asistencia tiene las siguientes características:
· Tiempo limitado (no más de 20 días calendario)
· Tema específico (i.e. normas de calificación de cartera)
· Acción voluntaria. No se cobra por el servicio. Dependiendo de los términos del Acuerdo celebrado entre el beneficiario y el benefactor, el miembro asociado beneficiario del servicio puede cubrir los costos de traslado, estadía y viáticos de los asesores.
· Relación Institución a Institución. No es una contratación de una persona o de una empresa. El personal no cobra por el servicio. Se reducen los problemas de logística (visas de trabajo, permisos en la institución de origen, etc.)
· ASBA facilita el servicio y debe contar con información de parte de los beneficiarios sobre el impacto que el apoyo tuvo en su marco de regulación o prácticas de supervisión.
· Para asegurar la adecuada absorción de las experiencias y conocimientos a ser compartidos, la entidad beneficiada debe designar un grupo técnico de contraparte para que trabaje con el cooperante de manera permanente. Esta labor tiene como beneficio la transferencia de tecnología y la formación de recursos desde la práctica, permitiendo, además, estrechar vínculos entre las instituciones de supervisión del continente.
4) Procedimiento
El acceso al servicio se realiza a través de la Secretaría General, quién recibe los requerimientos de apoyo y detalle de necesidades y revisa la lista de expertos disponibles en la región.
Los requerimientos se plasman en el formulario:
SCT–01 Requerimiento de Cooperación
Sobre la base de esta información disponible en la Asociación, se presentan a consideración los perfiles de los profesionales disponibles y se establecen los contactos iniciales. Establecido el contacto la Asociación facilita la realización del asesoramiento verificando el pleno cumplimiento de las condiciones del acuerdo de cooperación técnica y, una vez que se termine el trabajo, conociendo el impacto de las labores desarrolladas. Es decir, ASBA aporta con el servicio de referencia y seguimiento de la calidad e impacto del mismo.
Si desea mayores informes, favor contáctenos al tel: (52 – 55) 5662 – 0085 o a la dirección electrónica de asba@asba-supervision.org

